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Se promulga Ley de Protección de Víctimas de Feminicidio, Infanticidio y Violación que endurece sanciones para malos operadores de justicia

(APC Bolivia). La mañana de este lunes, en dependencias de la Casa Grande del Pueblo, el presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, Luis Arce Catacora, promulgó la Ley 179/2021-2022 de Protección a las víctimas de feminicidio, infanticidio y violación de infante, niña, niño o adolescente, que tiene por objeto establecer mecanismos que precautelen los derechos de las víctimas de feminicidio, infanticidio y violación de infante, niña, niño o adolescente, mediante modificaciones a las normativas actuales.

“Cuando hay voluntad política, se logran resultados concretos. Hoy promulgamos la Ley de Protección a Víctimas de Feminicidio, Infanticidio y Violación de Infante, una norma que precautela los derechos de las víctimas y sanciona severamente a los malos operadores de justicia”, publicó el primer mandatario en sus redes sociales.

Durante el acto central de promulgación de esta Ley, realizado en la Casa Grande, el primer mandatario hizo énfasis en poner freno a los actos de prevaricato develados a partir del caso del sentenciado Richard Choque, violador serial y asesino múltiple que fue liberado: “No más impunidad, no más jueces prevaricadores, queremos una justicia sensible a esta problemática y que permita sentar precedentes para mejorar como sociedad en su conjunto. Desde la fundación de Bolivia, no se produjo una norma de protección más clara para evitar la violencia contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes”, afirmó Arce.

Por su parte, el Ministro de Justicia y Transparencia Institucional, Iván Lima Magne, afirmó: “la promulgación de la Ley 179 para la Protección de Víctimas de Feminicidio, Infanticidio y Violación es uno de los resultados del trabajo que realizó la Comisión de Revisión de Casos de Violación y Feminicidio, es el inicio de las reformas en la justicia.”, sostuvo.

Destacó que la nueva Ley determina que: “el juez que decida actuar en contra de la ley y de la Constitución va a merecer una pena de hasta 20 años de cárcel”, manifestó, así mismo, el delito de consorcio –que es cuando fiscales, jueces, policías y la administración judicial actúan en contra de las víctimas– también subió su pena de cinco a 10 años de privación de libertad.

Finalmente, Magne, subrayó: “Quienes sean sentenciados por casos de Feminicidio, Infanticidio y Violación de Infante, Niña, Niño o Adolescente, no serán beneficiados saliendo de la cárcel antes de cumplir sus condenas.”

En criterio de Wendy Pérez, Directora del Servicio Plurinacional de la Mujer y de la Despatriarcalización, esta Ley implica que se han endurecido las penas para aquellas personas que mal administran la justicia y hacen quedar mal a los diferentes poderes del Estado: “Es una decisión política el poder sancionar una ley de esta magnitud, una ley que modifica tipos penales, que endurece las penas para personas que estuviesen cometiendo prevaricato, para jueces, fiscales, abogados, policías, médicos”, puntualizó, complementando: “Esta ley también determina que los delitos de feminicidio infanticidio y violación son delitos que no van a prescribir dentro de nuestro estado.

La comisión de revisión de casos de violación y feminicidio fue creada el 4 de febrero pasado, como resultados concretos de esta comisión, se intervino 18 juzgados de ejecución penal del país, es decir el 100%; la recaptura de 21 feminicidas y violadores; se abrieron procesos contra 15 jueces por beneficiar a sentenciados, y la fiscalización de 832 expedientes.

Contenido completo de las Ley en: https://web.senado.gob.bo/sites/default/files/P.L.%20N%C2%B0%20179-2021-2022%20C.D.%20Aprobado%20con%20Modificaciones.PDF

 

Fotografías: FB Presidente Lucho Arce

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