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¿QUIÉN ES EL ACTUAL MINISTRO DE SALUD?

Escrito por: Henry Ayala

El 7 de enero de 2001, Nelly Hurtado Vda. de Carazas entregó la suma de 10.960 $us. a Marcelo Navajas Salinas para que éste adquiera medicamentos en la República de Chile para el tratamiento de su esposo Walter Carazas Callao, que se encontraba internado en un centro hospitalario de propiedad del padre de Marcelo Navajas Salinas. Cuando esos medicamentos fueron traídos al país, Marcelo Navajas Salinas entregó una nota de venta a la familia de Walter Carazas Callao que no cumplía con los requisitos formales de validez y con la indicación de haberse adquirido los medicamentos en la CONGREGACIÓN VERBO DIVINO, por un precio que no correspondía la suma de dineros entregados en inicio.

Walter Carazas Callao, se hallaba internado en una clínica de propiedad del padre del Marcelo Navajas Salinas, donde se le DIAGNOSTICÓ CÁNCER GANGLIONAR, recetándole, el tratamiento con un medicamento llamado “MATHERA” que no se encontraban a la venta en Bolivia, por ello la familia del paciente acordó con Marcelo Navajas Salinas, el viaje de éste a la República de Chile para su adquisición.

Marcelo Navajas Salinas viajó a la República de Chile el 7 de febrero de 2001, registrándose la compra de los medicamentos el 8 del mismo mes y año, luego retornó a Bolivia y entregó el fármaco a la familia de Walter Carazas Callao, dando inicio al tratamiento por orden médico, pese a que la familia OBSERVO QUE EL MEDICAMENTO ESTABA SOBRE-ETIQUETADO DE LA FECHA DE EXPIRACIÓN EN LOS FRASCOS, Marcelo Navajas Salinas afirmó que aún tenían eficacia.

Ante la exigencia de un recibo por la compra de los medicamentos por parte de Nelly Hurtado Vda. de Carazas, Marcelo Navajas Salinas le entregó uno correspondiente a la Congregación Verbo Divino, manifestando que aquellas medicinas fueron adquiridas con la ayuda de esta institución por un monto de 5.722.200.00 pesos chilenos, siendo que después de ello Nelly Hurtado Vda. de Carazas, exigió le fuera entregada la factura oficial. Tal documento (recibo) fue desmentido por la declaración del “Superior Provincial de la Congregación Verbo Divino”, quien señaló QUE ESE RECIBO ERA “ABSOLUTAMENTE FALSO POR CUANTO LA CONGREGACIÓN…NO HA TENIDO JAMÁS RELACIÓN CON VENTA DE MEDICAMENTOS”, así mismo las muestras de papelería manejada por esa Congregación no coincidieron en sus características con el recibo entregado por Marcelo Navajas Salinas.

Posteriormente Marcelo Navajas Salinas, entregó una fotocopia legalizada de una factura, obtenida supuestamente por Luís Alberto Orlandi, con el advertido que aún quedaba pendiente la entrega de una segunda factura por el costo de “tres cajas de 100”, DOCUMENTO QUE EN BASE A LA DECLARACIÓN DE LUÍS ALBERTO ORLANDI SERIA INEXISTENTE. La mentada fotocopia fue legalizada por el Notario 10º de Santiago de Chile, Sergio Rodríguez Garcés, de lo cual se estableció que la compra de los medicamentos fue realizada por un monto de cuatro millones doscientos setenta y siete mil trescientos setenta pesos chilenos, suma que no cubre, con los dineros que le fueron entregados a Marcelo Navajas Salinas.

En fecha 28 de agosto de 2007, el Tribunal Segundo de Sentencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, DECLARÓ POR UNANIMIDAD A MARCELO NAVAJAS SALINAS, AUTOR DE LA COMISIÓN DE LOS DELITOS DE FALSIFICACIÓN EN DOCUMENTO PRIVADO, USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADO Y ESTAFA, IMPONIÉNDOLE LA PENA DE CINCO AÑOS DE RECLUSIÓN, A SER CUMPLIDOS EN LA PENITENCIARÍA DE SAN PEDRO DE LA PAZ; MÁS EL PAGO DE DOSCIENTOS DÍAS MULTA, A RAZÓN DE BS. 20.- (VEINTE BOLIVIANOS) POR DÍA; DAÑOS CIVILES Y COSTAS A FAVOR DEL ESTADO Y LA INHABILITACIÓN ESPECIAL EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN POR TRES AÑOS.

Esta Sentencia fue apelada y posteriormente recurrida en casación, conociéndose como última Resolución pública, el Auto Supremo 322/2013 RRC que dispone se deje sin efecto el Auto de Vista que ratificaba la Sentencia y que la Sala Penal Tercera emita nueva Resolución respecto a la Sentencia Apelada.

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